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La Guardia Civil Española, popularmente llamada Benemérita, por algo es el cuerpo de servidores mejor valorado por la opinión pública, es un Instituto Armado de naturaleza militar que forma parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.

Tiene su origen en los Decretos de 28 de marzo y de 13 de mayo de 1844 con dependencia del Ministerio de la Gobernación en lo referente al servicio y del Ministerio de la Guerra en cuanto a su organización, disciplina, personal, material y percibo de haberes, centralizándose, con una gran autonomía organizativa propia, en la Dirección General de la Guardia Civil.

En la actualidad la Guardia Civil tiene una doble dependencia: del Ministerio del Interior en cuanto a servicios, retribuciones, destinos y medios; del Ministerio de Defensa en cuanto a ascensos y misiones de carácter militar, así como durante el estado de sitio y el tiempo de guerra. Atiende de las necesidades del Ministerio de Hacienda relativas al Resguardo Fiscal del Estado, y vela por el cumplimiento de todas las normas y reglamentos relacionados con con los diferentes Órganos de las Administraciones Central, Autonómica y Local, sobre todo de las referentes a la materia penal.

La Dirección General específica de la Guardia Civil ha sido sustituida por la Dirección General de Policía y Guardia Civil, en un paso más para desvincular a la Guardia Civil del Ministerio de Defensa y profundizar en su sustancial desmilitarización, y se estructura a nivel central en tres órganos directivos:

  1. Dirección Adjunta Operativa.
  2. Subdirección General de Personal.
  3. Subdirección Personal de Apoyo.

Entre sus normas específicas destacan la Ley 42/1999, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil y la LO 11/1991 de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil. Su sistema de ingreso y grados militares es similar a la de las Fuerzas Armadas.

Bajo la presidencia del Ministro del Interior, o persona en quien delegue, se crea el Consejo de la Guardia Civil como órgano colegiado en el que participarán representantes del Cuerpo y de los Ministerios del Interior y de Defensa, con el fin de mejorar las condiciones profesionales de la Guardia Civil. Lo integran:

  • En representación de los miembros de la Guardia Civil: los vocales elegidos por los integrantes del Instituto mediante sufragio personal, libre, directo y secreto.
  • En representación de la Administración General del Estado: los vocales nombrados por los Ministros del Interior y de Defensa hasta alcanzar igual número de representantes que los que hubieran sido elegidos por los miembros del Instituto.

El Cuerpo Nacional de Policía, cuerpo jerarquizado, con grados personales, cuasi militar, con régimen disciplinario propio, es el resultado de la fusión de la Policía Nacional con el Cuerpo Superior de Policía conforme estableció la Ley Orgánica 2/86 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.

El Cuerpo Nacional de Policía se divide en cuatro escalas:

  1. Escala Superior, con dos categorías: Comisario Principal y Comisario.
  2. Escala Ejecutiva: con dos categorías: Inspector Jefe e Inspector.
  3. Escala de Subinspector, con una categoría de Subinspector.
  4. Escala Básica, con las categorías de Oficial de Policía y Policía.

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