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El art. 259 TFUE contempla que cualquier Estado miembro pueda recurrir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea si estimare que otro Estado miembro ha incumplido una de las obligaciones que le incumben en virtud de los Tratados.

Los requisitos son:

  1. El Estado que desee interponer el recurso deberá, antes, someterlo a la Comisión.

  2. La Comisión emitirá un dictamen motivado, una vez que los Estados interesados hayan tenido la posibilidad de formular sus observaciones por escrito y oralmente en procedimiento contradictorio. En el caso que la Comisión no hubiere emitido el dictamen en el plazo de tres meses desde la fecha de solicitud, la falta de dictamen no será obstáculo para poder recurrir al Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

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