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Cualquier consumidor en defensa de sus derechos e intereses, puede dirigirse a la Administración de Justicia, a través de los procedimientos judiciales previstos en la legislación. Sin embargo, dicha vía se ha presentado claramente insuficiente en las últimas décadas, al ponerse de manifiesto que el entendimiento tradicional del proceso civil y las reglas aplicables, que presuponían la actuación individual y concreta de una persona determinada eran claramente insuficientes.

Por ello, al utilizar la expresión de acceso de los consumidores a la justicia, se esta haciendo referencia a la superación del esquema clásico del proceso civil y a la desembocadura de acciones colectivas que pudieran ser ejercitadas por los consumidores y usuarios en cuanto grupo y, por las organizaciones y asociaciones nacidas para procurar la defensa de sus intereses.

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