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El acto de consumo es el acto jurídico que permite obtener un bien o un servicio con vistas a satisfacer una necesidad personal o familiar. A diferencia del comerciante, a quien se exige la habitualidad, un acto de consumo aislado sería suficiente para calificar de consumidor al que lo realiza.

El acto de consumo es ante todo el acto jurídico que permite al consumidor entrar en posesión de un bien o disfrutar de un servicio. Se caracteriza también por ser un acto material consistente en utilizar el bien o el servicio, objeto de contrato. Y se excluye el criterio del “contrato de consumo” que reserva la cualidad de consumidor únicamente a la persona que compra o contrata.

El término "consumidor" tendría significados distintos dependiendo de la finalidad protectora de la legislación.

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