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La colonia de Urso se fundó por César después de la destrucción de la antigua ciudad de Andalucía que luchó al lado de Pompeyo. Si la fundación se atribuye a César, fue Marco Antonio el que promulgó la Ley en el año 44 a.C. Conforme a los numerosos estudios sobre esta Ley pueden señalarse en ella tres estratos: redacción cesariana, cambios en la publicación por Marco Antonio e inscripción de los bronces en época flavia (Último tercio del siglo I d.C). Los capítulos que se conservan se refieren a la jurisdicción, a los apparitores de los magistrados, al sacerdocio, al urbanismo, a los acueductos, a los tributos y a los ilícitos más importantes. En cuanto al procedimiento, trata de reglas pertenecientes al antiguo proceso per legis actiones como es la manus iniectio sin bien en una ejecución moderada mediante la redención de la deuda por trabajos del condenado para el ejecutante y la posible intervención de un vindex.

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