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4.1. La Codificación procesal civil

A) La Ley de Enjuiciamiento Civil de 1855

La primera mitad del XIX será un período de reformas parciales, frente a las reformas globales de la segunda mitad. Por entonces se constituye una comisión para que acometa la elaboración de una ley única de Enjuiciamiento civil. Se aprueba en 1855 la Ley de Enjuiciamiento Civil, con casi un millar y medio de artículos distribuidos en una primer parte, muy extensa, relativa a la jurisdicción contenciosa, y otra segunda, mucho más breve, de la jurisdicción voluntaria.

La Ley de 1855 si bien no fue capaz de delinear un proceso progresivo, al menos ordenó algo el panorama existente y clarificó muchas oscuras situaciones.

B) La Ley de Enjuiciamiento Civil de 1881

La ley de 1855 estuvo vigente un cuarto de siglo. En 1877 se intenta proceder a su reforma, respetando la estructura general de la ley de 1855, introduciendo un procedimiento más abreviado y simple.

La Ley de 1881, con sus 2181 artículos repartidos en tres libros, fue no sólo el más extenso de los cuerpos legales de España, sino incluso la más amplia ley de procedimiento civil de Europa.

4.2. La Codificación procesal penal

A) La Ley de Enjuiciamiento Criminal de 1872

Pese a que la Constitución de Cádiz había ordenado arreglar la administración de justicia criminal la codificación procesal hubo de esperar desde entonces nada menos que sesenta años. Tras varios proyectos, la Ley de Enjuiciamiento Criminal vería la luz en 1872, entrando en vigor el año siguiente. Consta de un título preliminar sobre disposiciones generales, tres relativos al sumario, juicio oral y procedimiento sobre faltas, y un título final sobre el procedimiento de extradición.

Se introdujo el juicio oral y se dio entrada al jurado. Su aplicación resultó difícil, tanto por esas novedades como sobre todo por la inadecuada estructura judicial entonces existente.

B) La Ley de Enjuiciamiento Criminal de 1882

En 1882 fue promulgada una Ley de Bases para reformar el procedimiento criminal con arreglo con arreglo a los principios de brevedad, publicidad, prisión reservada a los delitos graves, instancia única, creación de procesos especiales y aquellas otras modificaciones aconsejadas por "la ciencia y la experiencia". El mismo año se publicó la Ley de Enjuiciamiento Criminal, con casi un millar de artículos repartidos en 7 libros.

Fue un código procesal nuevo, de espíritu progresista y buena factura técnica. Entre sus logros más notables es de reseñar el aseguramiento de la oralidad del juicio y el establecimiento de procesos especiales y sumarios para los delitos de injuria, calumnia y delitos de imprenta. Merece reconocimiento asimismo su sistema de garantías, aunque la separación de tribunales y jueces quedaría insatisfactoriamente resuelta.

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