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1.1. Código y Codificación

Desde un punto de vista jurídico "código" es un libro de leyes. También puede calificarse de "código" a cualquier compilación de leyes precedentes de épocas distintas, por ejemplo, el Codex Gregorianus.

Hasta aquí, el código recoge el derecho antiguo. En el siglo XVIII quiebra sin embargo esa concepción y, por influjo del racionalismo jurídico, se abre paso otra distinta, estricta y técnica. El "código" pasa a ser la regulación sistemática de una determinada rama del derecho, en un libro ordenado en capítulos y artículos, entre sí relacionados e interdependientes. Y si por codificación cabe entender de forma genérica la tarea de realizar cualquier tipo de códigos, al haberse acometido en la Europa del XIX la elaboración a gran escala de esos cuerpos legales, tal fenómeno concreto pasa a la historia jurídica como la Codificación.

1.2. La motivación ideológica

Fue el racionalismo jurídico y un espíritu ordenador de la sociedad que se encarga de vertebrar el mundo jurídico surgido tras la caída del Antiguo Régimen. Los códigos que ahora se redactan responden a una cuidadosa planificación de aquello que la razón natural parece exigir. No procede recopilar el derecho o reformarlo, sino construir uno nuevo y justo, igual para todos y de alto rigor técnico.

El racionalismo jurídico se caracterizó por su confianza en la razón. Bastará aplicar la razón para deducir un sistema de leyes positivas que resulten tan seguras como las que rigen esas ciencias experimentales recién descubiertas. Ello conduce a la estrategia racionalista de ordenar el Derecho como un sistema completo y cerrado. El gran precursor de ese método es Leibnitz.

Los códigos iusnaturalistas, producidos en Francia y en los Estados germánicos, aparecen como obra de comisiones ilustradas. Al mismo tiempo los poderes públicos exhortan al pueblo a que colabore con informes y sugerencias al buen fin del proyecto oficial. De esta suerte el código resulta ser un "patrimonio político común de los ciudadanos".

1.3. Arranque del proceso codificador en Europa

El fenómeno de la Codificación, aplicado a cuatro sectores jurídicos (civil, mercantil, penal y procesal), aparece en la Europa del XVIII en Baviera, Prusia y Austria, así como en algunos territorios italianos y en Francia, en el siglo XIX. Los textos de aquellos países fueron elaborados en el seno del Antiguo Régimen. Los franceses, en cambio, son fruto de un nuevo espíritu.

La codificación francesa se relaciona con el triunfo de la soberanía popular y con la figura misma de Napoleón. El texto fue aprobado por la Asamblea Nacional como el Code civil des français, también conocido como Code Napoleón.

El CC fue modelo de los elaborados por otros países durante el siglo XIX. Al iniciarse el siglo XX, los grandes códigos germánicos ofrecerán una alternativa ideológica y técnica al texto francés. En una situación intermedia y conciliadora que el Codice civile italiano.

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