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3.1. Legalidad. La oportunidad reglada

El Ministerio Fiscal ha de actuar sujetándose a lo dispuesto en la Constitución Española, en las leyes y en el resto del ordenamiento jurídico. El Ministerio Fiscal ha de actuar como defensor de la legalidad, ajustándose escrupulosamente a lo exigido por el ordenamiento jurídico.

3.2. Imparcialidad

Actuará con plena objetividad e independencia en defensa de los intereses que le están encomendados. Supone la ausencia de implicación directa o indirecta del funcionario del Ministerio Fiscal en el caso concreto en que debe actuar. La ley no prevé ni permite la recusación del Ministerio Fiscal.

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