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Los Tribunales se dividen, por razones de especialización, en Salas, y así, el Tribunal Supremo tiene 5 Salas, la Audiencia Nacional tiene 3 Salas, y los Tribunales Superiores de Justicia tienen también 3 Salas, si bien algunos Tribunales Superiores de Justicia pueden tener más Salas.

Además, las Salas, que tienen carácter permanente, pueden dividirse en Secciones, con éste u otro carácter. Las Secciones son colegios de 3 o más magistrados que se constituyen en Tribunales para el concreto conocimiento de los asuntos que se les asignen.

Corresponde a las Salas unificar los criterios jurisprudenciales cuando sean diversos entre las distintas Secciones que la integran.

Las AP se dividen en Secciones, normalmente permanentes, que se denominan por un ordinal (Sección 1ª, 2ª, etc).

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