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La nacionalidad y la extranjera están relacionadas con la existencia de un Estado soberano, ambos conceptos han ido incorporándose  en el seno de la Unión Europea.

El nacional de cualquiera de los Estados miembros se le reconoce los siguientes derechos específicos:

  1. Derecho a la libre circulación y de residencia en el territorio de cualquier de los Estados miembros.

  2. El derecho de sufragio activo y pasivo al Parlamento Europeo dentro del territorio del Estado en que resida, aunque no sea nacional del mismo.

  3. Derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones municipales del Estado en el que resida.

  4. Derecho de petición ante el Parlamento Europeo

  5. Derecho a presentar quejas ante el Defensor del Pueblo Europeo

  6. Derecho a que cuando se encuentre en el territorio de un tercer Estado, pueda recibir protección de las autoridades diplomáticas y consulares de un Estado miembro de la Unión Europea

  7. Derecho a dirigirse por escrito a las instituciones y órganos de la U.

  8. Derecho a una buena administración

  9. Acceso a los documentos.

El régimen de extranjera se refiere siempre a un extranjero no comunitario, es decir a una categoría de extranjero en sentido amplio que se define por oposición a la de ciudadanía de la Unión y de la que, por consiguiente, quedan excluidos los nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea.

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