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7.1. Las ONG

El hecho de que las organizaciones internacionales públicas, esto es, de naturaleza interestatal tengan su origen en un tratado celebrado entre Estados, constituye un dato diferenciados básico respecto de las ONG cuya base jurídica resulta ser un acto de Derecho interno, con independencia de que su actividad se despliegue en el plano internacional y alcance en algunos casos una gran relevancia desde el punto de vista sociológico.

7.2. Las personas jurídicas de fin económico

De candidatura controvertida a la calidad de sujeto internacional se ha calificado la de distintas entidades de fin económico que operan en el tráfico internacional. En lo que se refiere a las empresas privadas de alcance internacional constituidas por actos internos, entre ellas las multinacionales, llamadas así más por poseer filiales o sociedades controladas en diversos países que por tener un estatuto jurídico internacional, del que carecen, suele negárseles la personalidad internacional, aunque no faltan autores que por el carácter con frecuencia híbrido entre lo público y lo privado de sus fines y actividades, su eventual asociación con los gobiernos para efectuar operaciones económicas mixtas sobre la base de acuerdos o contratos que designan, entre otras fuentes de su regulación, al Derecho internacional, y sobre todo, la posibilidad de concurrir con los gobiernos ante instancias arbitrales internacionales u otros órganos, con vistas a solucionar las controversias que puedan tener con los gobiernos, han visto en ellas una personalidad restringida y ad hoc.

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