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Junto a los signos distintivos de la empresa entendido estricto, marcas , nombres comerciales y rótulos de establecimiento, hay que mencionar a los que cabe designar como otros signos distintivos en el tráfico económico, como son las denominaciones de origen, las indicaciones geográficas y las indicaciones de procedencia. Todos estos signos, que no pueden pertenecer a una empresa en exclusiva, se diferencian de las marcas, nombres comerciales y rótulos de establecimiento, tanto por su función como por el derecho exclusivo que otorgan.

Desde el punto de vista de su función, tanto la indicación de procedencia como la Denominación de Origen Protegida o la Indicación Geográfica Protegida tratan de poner de manifiesto e lugar geográfico donde los productos han sido elaborados o al que deben su reputación. Y en el caso de las Denominación de Origen Protegida, éstas no sólo tratan de expresar el lugar geográfico de donde el producto procede, sino además que el producto debe sus características al medio geográfico y ha sido producido de acuerdo con las normas establecidas por una autoridad que es la que controla la utilización de la Denominación de Origen Protegida.

La marca no tiene nada que ver con la indicación de procedencia, con la Denominación de Origen Protegida o con la Indicación Geográfica Protegida, puesto que su función no consiste en expresar el lugar geográfico donde los productos han sido elaborados.

También existen diferencias entre las modalidades de signos distintivos que están siendo objeto de consideración, por lo que se refiere al derecho exclusivo que otorgan. en el caso de la marca, nombre comercial o rótulo de establecimiento, sólo el empresario o empresarios titulares pueden hacer uso de esos signos en el tráfico económico. Por el contrario, las indicaciones de procedencia pueden ser utilizadas por todos los empresarios que elaboran sus productos en el ligar geográfico a que la indicación de procedencia se refiere. Y las denominaciones de origen e indicaciones geográficas pueden ser aplicadas por los distintos empresarios a todos los productos precedentes del área geográfica indicada en la denominación y que han sido elaborados de acuerdo con las normas y bajo el control de la autoridad encargada de la supervisión de la denominación de origen.

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