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La stipulatio, como la obligatio verbis en la que se encuadra, se fundamenta en la pronunciación de los verba de la interrogatio y de la responsio: "spondes mihi dare centum? Spondeo". En el derecho clásico se afirma este principio del valor vinculatorio de las palabras (verba). Gayo, 3.92, afirma que el contrato verbal se hace mediante una pregunta y una respuesta.

Pocos eran los requisitos de la obligación verbal, pero debían observarse rigurosamente:

  1. La oralidad constituía la esencia del acto. Ambas partes debían hablar y ser capaces de entender recíprocamente.
  2. La presencia simultánea de las partes y la unitas actus.
  3. Se exige la congruencia y la perfecta correspondencia entre interrogatio y responsio.

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