El propietario puede imponer voluntariamente limitaciones a su pleno derecho de propiedad al constituir la servidumbre. En una constitución de Zenón (CI. 8.10. 12) y de Justiniano (CI. 8.10. 13), y en varios textos interpolados, las limitaciones impuestas a un fundo en favor de otro se denominan también servitutes:
- Limitaciones por razones religiosas. En la ley de las XII Tablas se prohibía sepultar o incinerar cadáveres dentro de la ciudad y fuera de ella a una distancia de 60 pies de los edificios. Al titular del ius sepulchri se le concedía un derecho de paso hasta el sepulcro en el fundo ajeno (iter ad sepulchrum).
- Limitaciones por razones edilicias. En el derecho clásico se dictan normas en relación con la altura, distancia y estética de los edificios.
- Paso público. La ley de las XII Tablas dispone que los propietarios de fundos lindantes con la vía pública están obligados a repararla. En caso de ruina o inundación, el propietario del fundo más próximo debe permitir el paso (Javoleno, 10 ex Cass. D. 8.6. 14.1).
- Limitaciones impuestas a los fundos ribereños. Estos propietarios están obligados a permitir que los navegantes o pescadores usen las orillas para actividades relacionadas con la navegación o la pesca (Gayo, 2 res cott. D. 1.8. 5).
- Limitaciones por explotación de minas. En derecho clásico sólo se admitía un derecho de explotación minera en terrenos públicos y no en terrenos privados ajenos. Una constitución del año 382 d.C. (CI. 10.19.10. 14; CI. 11.7. 3. ) concedió el derecho de excavación de minas en fundos ajenos y de explotarlas, con la obligación de pagar una décima parte de los beneficios al fisco y otra décima parte al propietario del fundo.
- Expropiaciones por utilidad pública. No existe un principio general en derecho clásico que permita privar a un ciudadano de sus bienes. Sin embargo, los magistrados, basados en su imperium y con autorización del senado, podían disponer en determinados casos de los bienes privados: por necesidad de demoler los edificios, como pena de confiscación o en represión de delitos cometidos por esclavos.