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A)Naturaleza y finalidad

Privan al sujeto de su libertad ambulatoria dado que su cumplimiento exige que el mismo permanezca en un centro de internamiento adecuado a su peligrosidad en el que recibe tratamiento.

La finalidad es por tanto terapéutica y resocializadora pero también asegurativa o inocuizadora en tanto que mantienen al sujeto aislado de la sociedad durante su aplicación.

B)Sujetos destinatarios y centros de internamiento

Solo pueden aplicarse a los sujetos declarados inimputables o semiimputables de los apartados anteriores, si la pena que se les hubiera impuesto de haber sido declarados imputables también fuera privativa de libertad.

También exige para su imposición que resulte necesaria en atención a la peligrosidad del sujeto. Se entiende que esta necesidad se da cuando la peligrosidad no pueda ser conjurada mediante otro tipo de medidas.

El art. 96.2 CP diferencia tres tipos de centros de internamiento:

  1. Centros de internamiento psiquiátricos
    • Para sujetos inimputables -y semiimputables- por alteración psíquica. Aunque estos sujetos también pueden ser internados en un Centro Educativo Especial.
  2. Centros de internamiento de deshabituación
    • Para sujetos inimputables -y semiimputables- por intoxicación plena.
  3. Centros de internamiento Educativos Especiales
    • Para inimputables -y semiimputables- por alteración psíquica.
    • Para inimputables -y semiimputables- por alteración en la percepción de la realidad.

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