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A)Supuesto de hecho

Valentina y Fernando contrajeron matrimonio el 3/3/1990, y del mismo nacieron sus hijos Jesús y Elena, que actualmente cuentan con 10 y 12 años de edad, respectivamente. Dadas las desavenencias de los cónyuges, el esposo se marchó el día 7/7/2000 del domicilio conyugal y fijó su residencia en otra vivienda.

Fernando decide interponer demanda a fin de obtener la separación matrimonial, fundada en la causa consistente en el cese efectivo de la convivencia conyugal durante 6 meses, libremente consentido. Asimismo, solicitó en la demanda las medidas del divorcio consistentes en un régimen de visitas 3 días semanales, sin hacer referencia alguna a pensión compensatoria.

B)Cuestiones

Una vez iniciada la tramitación del proceso de divorcio ¿podrá desistir Fernando de la demanda? ¿Será necesario algún requisito especial para ello?

Valentina no está de acuerdo con la causa de divorcio alegada en la demanda, pues considera que existió un injustificado abandono del hogar por parte del demandante, ¿deberá formular reconvención para que hacer valer esta causa de separación? Si considera excesivo el régimen de visitas, ¿deberá asimismo formular reconvención a fin de obtener la aprobación del que proponga la demandada? ¿Y si considera que la custodia de los hijos la debe tener el padre? Por último, ¿deberá ejercitar por medio de reconvención la pretensión de que se conceda a la propia demandada una pensión compensatoria?

¿Producirá alguna consecuencia procesal el acuerdo sobrevenido de los cónyuges sobre las medidas definitivas, aunque subsista su discrepancia sobre la causa de separación e incluso sobre la procedencia de ésta?

C)Derecho aplicable

Artículos 751.2, 770 y 774 de la LEC.

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