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La imposición indirecta tiene una larga tradición histórica. Recae sobre el consumo realizado por los contribuyentes sin tener en cuenta la situación personal de los mismos. Son impuestos generales de carácter real.

Motivos que explican su importancia en el conjunto de los ingresos ordinarios del sector público:

  • Su potencia recaudatoria es grande, a lo que se añade un menor grado de perceptibilidad del gravamen, pues el tributo se confunde con el precio de venta.
  • Los impuestos indirectos actúan como un elemento compensador de los efectos negativos de otros tributos en el nivel de ahorro de la sociedad. Como hemos visto, la imposición directa, sobre la renta o el patrimonio, pueden tener un efecto de reducción en el ahorro. Ahora bien, si el consumo está gravado por la imposición indirecta, entonces estamos generando incentivos al ahorro que escaparía de tributación. Este argumento no es del todo convincente, porque si el ciudadano tiene un nivel de renta muy bajo, con un volumen de ahorro reducido, resultará aún menor. Por el contrario, el efecto positivo sobre la tasa de ahorro será más defendible en los niveles de renta más altos.
  • Otro factor es el posible efecto inflacionista de la imposición indirecta, pues su establecimiento, o los cambios en los tipos impositivos, conducen a un incremento en los precios. Este efecto resulta discutible si se entiende que la inflación es, sobre todo, un fenómeno monetario, por lo que no resulta difícil encontrar opiniones que defienden que el posible efecto inflacionista de los incrementos en la imposición indirecta no se mantendrá a largo plazo.
  • Por último, se ha acusado a la imposición indirecta de regresiva, porque la proporción de gasto dedicado a consumo en las economías de menor nivel de renta es mayor que en los estratos más altos. Esta idea explicaría la existencia de impuestos indirectos distintos, por ejemplo, un impuesto general sobre las ventas y además un impuesto sobre los bienes de lujo, o la coexistencia de tipos impositivos diferenciados, con niveles bajos para los productos de primera necesidad e incrementados para los bienes de lujo.

Una vez analizadas las principales razones que avalan el establecimiento de la imposición indirecta, debemos plantearnos cuáles son los tipos de impuesto que pueden establecerse. Podemos distinguir dos tipos de criterios:

  1. En cuanto al tipo de consumo objeto de gravamen, podemos distinguir entre:
    1. Impuestos generales sobre el consumo: como el IVA
    2. Impuestos que recaen sobre determinados consumos específicos: como los impuestos especiales (IE) que incluyen las bebidas alcohólicas, las labores del tabaco, los hidrocarburos y la venta de determinados medios de transporte.
  2. En cuanto al número de fases del proceso de producción en los que recae el impuesto, puede distinguirse entre:
    1. Impuestos monofasicos: que recaen sobre una única fase del proceso productivo, y que se clasifican entre impuesto sobre fabricantes, impuesto sobre mayoristas e impuesto sobre minoristas.
    2. Impuestos plurifásicos: que recaen sobre más de una fase del proceso productivo, como el IVA.

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