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La Ley 19/2013 de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno, establece unos principios de conducta o buen gobierno cuya infracción no es por sí misma constitutiva de sanción, pero que servirán para interpretar las infracciones tipificadas.

Este régimen es aplicable en el ámbito de la AGE, a los miembros del Gobierno, a los Secretarios de Estado y al resto de altos cargos de la AGE y de las entidades del sector público estatal, de Derecho público o privado, vinculadas o dependientes de aquella.

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