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Entes locales de ámbito inferior al Municipio y se constituyen sobre núcleos de población separados, tales como parroquias, aldeas, barrios, anteiglesias, concejos, pedanías, lugares anejos y otros análogos, o aquellas que establezcan las leyes.

Las Entidades locales menores gozan de personalidad jurídica independiente del Municipio en que están enclavadas.

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