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De la regulación legal resulta el juicio cambiario como un proceso declarativo y relativamente sumario, en el que se ventila una pretensión de condena al pago de una cantidad de dinero exigida por el acreedor con base en la veracidad formal del título cambiario, al que el deudor -si no atiende el requerimiento de pago con embargo inmediato de sus bienes- puede oponerse y formular una demanda por motivos tasados (art. 824.2) -por amplios que éstos sean-, que se ventila por los trámites del juicio verbal (art. 826) y se resuelve por una sentencia con efectos, limitados, de cosa juzgada (art. 827.3).

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