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El denominado proceso monitorio es un procedimiento, dirigido a obtener la apertura del proceso de ejecución, para hacer efectiva una pretensión de condena al pago de una cantidad líquida, no superior a los 30.000€, fundada en una deuda vencida, exigible, líquida y plasmada en un documento, la que, una vez deducida, provocará el lanzamiento de un requerimiento judicial de pago, frente al cual, si el deudor formaliza su oposición, permitirá al Juez incoar el juicio verbal, si fuere procedente o, en otro caso, al acreedor trasladar su pretensión al proceso declarativo correspondiente y, si fuere inatendido dicho requerimiento de pago, provocará el despacho de ejecución.

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