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Los procesos de propiedad horizontal tienen por objeto la impugnación de acuerdos de la Junta de propietarios o su formación judicial, el nombramiento o relevo judicial de su Presidente, las acciones de cesación de actividades prohibidas de los poseedores de las viviendas y la realización judicial de los créditos de dicha comunidad frente a los propietarios morosos.

Según la actual ordenación de la LEC y de la Ley 8/1999, de Propiedad Horizontal (LPH, en adelante), subsisten distintos procedimientos para el conocimiento de las respectivas pretensiones.

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