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Por el principio de consunción el precepto penal más amplio o complejo absorberá a los que castiguen las infracciones consumidas en aquél.

Ej. de consunción: El delito de robo con fuerza consume el desvalor del hurto y el de daños. El delito consumado consume a la tentativa y a los actos preparatorios. Los hechos consustanciales a la comisión del delito principal quedan consumidos por éste.

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