Entes locales de ámbito inferior al Municipio y se constituyen sobre núcleos de población separados, tales como parroquias, aldeas, barrios, anteiglesias, concejos, pedanías, lugares anejos y otros análogos, o aquellas que establezcan las leyes.
Las Entidades locales menores gozan de personalidad jurídica independiente del Municipio en que están enclavadas.