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Por nepotismo se entiende el favoritismo a la hora de seleccionar al personal al servicio de la Administración Pública, pasando por alto los cauces legales de selección ajustada a los principios consagrados constitucionalmente de igualdad, mérito y capacidad.

La colocación de amigos, familiares o miembros del partido político afín serian casos paradigmáticos de esta forma de abuso de poder por omisión y por mala gestión en la aplicación del principio de imparcialidad.

En este sentido, el art. 53 EBEP establece que la actuación de los empleados públicos "perseguirá la satisfacción de los intereses generales de los ciudadanos y se fundamentará en consideraciones objetivas orientadas hacia la imparcialidad y el interés común, al margen de cualquier otro factor que exprese posiciones personales, familiares, corporativas, clientelares o cualesquiera otras que puedan colisionar con este principio", y en consecuencia pueden considerarse casos de nepotismo todos aquellos que supongan favoritismo a la hora de contratar empresas o servicios.

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