Significa que sólo por ley se pueden tipificar delitos. El sistema penal español ha de cumplir con el carácter formal y material del principio de legalidad.
Carácter formal:
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Garantía criminal: no es delito si no hay ley previa.
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Garantía penal: no hay pena si no estaba en una ley previa.
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Garantía jurisdiccional: no hay pena si no hay sentencia.
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Garantía ejecutiva: solo se ejecuta la pena en la forma prescrita por ley.
Carácter material:
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Taxatividad o tipicidad: las figuras delictivas serán precisas. Y las penas y MS no se establecerán por marcos.
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Prohibición de la analogía desfavorable.
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Irretroactividad de la ley penal desfavorable: TS: "se refiere sólo a la ley penal desfavorable y no a la jurisprudencia".