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3.1.La autonomía del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD)

El SAAD es independiente del Sistema de la Seguridad Social, pues su regulación lo configura "como una nueva modalidad de protección social que amplía y complementa la acción protectora del Estado y del Sistema de la Seguridad Social". Es, pues, un sistema paralelo al de Seguridad Social, dejando claro que, ni la dependencia es una contingencia protegida por la Seguridad Social, ni son de Seguridad Social las prestaciones de dependencia que en la ley se contemplan.

3.2.Situaciones que conforman la dependencia. Definición de persona en situación de dependencia

El SAAD es un sistema diseñado para proteger distintas situaciones que conforman la dependencia, en concreto, la edad (envejecimiento), la enfermedad y la discapacidad, pues el art. 2 de la Ley 39/2006 de Dependencia (LD) define dependencia como "el estado de carácter permanente en que se encuentran las personas que, por razones derivadas de la edad, la enfermedad o la discapacidad, y ligadas a la falta o a la pérdida de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, precisan de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar actividades básicas de la vida diaria o, en el caso de las personas con discapacidad intelectual o enfermedad mental, de otros apoyos para su autonomía personal".

Así, desde el punto de vista jurídico, la persona en situación de dependencia se define como la persona que tiene reconocida una situación de dependencia por el órgano público competente aplicando un baremo, el contenido en el RD 174/2011, por el que se aprueba el baremo de valoración de la situación de dependencia (BVD) establecido por la Ley 39/2006 de promoción de la autonomía y atención a las personas en situación de dependencia.

El concepto se fundamenta en dos condiciones:

  1. tener reconocido tal situación por un órgano público a través de la pertinente resolución administrativa ya de la Administración General del Estado ya de la Comunidades Autónomas; y
  2. que dicho reconocimiento se basa en la aplicación de un baremo establecido por el legislador estatal.

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