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El funcionario al que se le asigne un puesto provisional tiene derecho después a que se le asignen sucesivos puestos provisionales. Pero nada se garantiza al funcionario que, participando en los concursos o solicitando ese primer puesto provisional, no lo consigue. Tan espinoso problema no lo aborda el Estatuto, limitándose a decir que reglamentariamente se regularán los plazos, procedimientos y condiciones, según las situaciones administrativas de procedencia, para solicitar el reingreso al servicio activo de los funcionarios de carrera.

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