Primer supuesto
Instituciones
Compraventa.
Accesión, Puede alegarse por Rutila Pola para justificar su derecho a los diez pies próximos al agua.
Partes
Rutila pola, compradora de un lago y diez pies de tierra alrededor del mismo.
Propietario del fundo dentro del cual se encuentra el lago.
Acciones
De Rutila:
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Actio publiciana, en cuanto es compradora y poseedora de buena fe del conjunto del fundo, se encuentra protegida por esta acción que el pretor concede a quien privado del ejercicio de la reivindicatio, por no haber adquirido la propiedad civil en el momento de la venta por omitir las formalidades necesarias y por no haber transcurrido el plazo de dos años para la usucapión, es desposeído del bien antes del transcurso de este plazo.
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Actio empti: Es la acción derivada del contrato de compraventa (emptio venditio) que tiene el comprador para reclamar al vendedor o el cumplimiento de su obligación de entregar la cosa vendida y responder por evicción y vicios ocultos, o devolverle el precio pagado y pagarle la indemnización de daños y perjuicios sufridos, en el caso de que prefiera solicitar la resolución del contrario.
No puede realizar la reivindicatio, ya que compró el fundo angulario pero no realizó la mancipatio o la in iure cessio requerida por ser el fundo itálico una res mancipi.
Acciones de defensa del vendedor demandado:
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Exceptio iusti domini, puede oponerse para defender su propiedad. Como la compradora reclama los otros diez pies que al crecer el lago están más próximos al agua y alega un inexistente derecho de accesión o aluvión.
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Exceptio pacti conventi, pudieron haber existido pactos previos y ejercitar esta acción.
Segundo supuesto
Reivindicatio, si el vendedor sostenía con pruebas que se había reservado la propiedad de los diez pies podría reivindicarlos al comprador.