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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea comprenderá el Tribunal de Justicia, el Tribunal General y los Tribunales Especiales.

1.1. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea garantiza el respeto del Derecho en la interpretación y aplicación del Tratado (art. 19 TUE) .

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea estará compuesto por un juez por Estado miembro y estará asistido por ocho abogados generales.

Los jueces y abogados estarán elegidos por personalidades independientes, de las más altas funciones jurisdiccionales o jurisconsultos de reconocida competencia.

Los abogados tienen renovación cada tres años.

Los jueces elegirán de entre ellos al presidente del Tribunal de justicia por un periodo de tres años. Su mandato será renovable.

El TJ actuará en Salas o en Gran Sala, según las normas en el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, también podrá actuar en pleno.

1.2. El Tribunal General

El Tratado de Lisboa ha sustituido el Tribunal de Primera Instancia por el Tribunal General.

El número de jueces del TG será fijado por el Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El TG será elegido por personas con garantía de independencia que sean capaces para el ejercicio de funciones jurisdiccionales.

El TG será competente para conocer de las cuestiones prejudiciales planteadas en virtud del art. 267 TFUE.

1.3. Tribunales Especiales

Se establece la posibilidad de imponer recurso de casación contra las resoluciones dictadas por los tribunales especializados, podrá interponerse ente el TG.

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