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2.1. Ganadería y repoblación. La trashumancia en los primeros siglos

La economía medieval descansó fundamentalmente en el sector agropecuario, sobre todo en León y Castilla.

Durante la Edad Media, con la conquista de tierras, desde el siglo XI la ganadería cobró importancia debido a una orografía peninsular, los contrastes climáticos, la abundancia de tierras yermas y la facilidad de los rebaños para ser desplazados.

2.2. La revolución lanera del siglo XIV

El ganado equino se desarrolló notablemente por su utilidad en los ejércitos y en las simplificación jurídica y social que reportaba la propiedad del caballo, pero el ganado lanar fue la más abundante en la España cristiana.

Con el avance repoblador, los monasterios e iglesias, los nobles y los caballeros llegaron a convertirse en grandes propietarios de rebaños. La revolución lanera arrancó de una multiplicación notable de las cabezas de ganado, pasando de un millón y medio de ovejas en el siglo XIII, a tres millones en el siglo XIV y a cinco millones en el siglo XV.

2.3. La mesta y su organización

En la Alta Edad Media existían ya las mestas locales o pequeños campos comunes adonde acudía el ganado a pastar. Con ellas, se desarrollaron unos consorcios de vecinos para vigilar los ganados y organizar la transhumancia desde los pastizales de invierno a los de verano, que se realizaban a través de caminos llamados cañadas, cabañeras o carreratges. De esta organización local surgieron las mestas, que abarcarían mas territorio, de modo que en la segunda mitad del siglo XIII las diferentes mestas locales fueron absorbidas en Castilla por una organización de mayor alcance.

En 1273 Alfonso X "el Sabio" aglutinó las diferentes mestas y fundó el Honrado Concejo de la Mesta, un gremio de pastores y dueños de ganado estante y transhumante de Castilla dotado de organización jurídico–administrativa para regular las condiciones de acceso a los pastos, el régimen de su utilización y la autoridad y control sobre ellos.

La base esencial de la organización de la mesta fueron los hermanos de la Mesta, esto es, cualquier ganadero que pagase el servicio del ganado, impuesto que comenzó siendo extraordinario bajo el nombre de servicio y montazgo y que la Hacienda Real exigía por toda cabeza de ganado a su paso por determinados puestos de peaje establecidos en las cañadas.

Los integrantes del Concejo de la Mesta, reunidos en Asambleas semestrales decidían sobre su organización interna, sobre peticiones al monarca y sobre lo referente a los cargos y oficios por los que se regían. Conforme a sus normas y ordenanzas propias la mesta gozó de una jurisdicción especial, contando con sus jueces (Alcaldes de la Mesta o Alcaldes de cuadrilla) y oficiales.

La función de los alcaldes de la mesta consistía en juzgar en primera instancia los pleitos entre los ganaderos. Había también alcaldes en alzada que entendían de las apelaciones contra las sentencias de los anteriores, además de procuradores y recaudadores. Los oficiales que representaban al rey en la mesta eran los alcaldes entregadores y el alcalde entregador mayor o presidente de la mesta junto a un juez letrado de designación real.

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