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El carácter graduable de lo injusto no solo permite modularlo por las atenuantes sino que son también numerosas las circunstancias agravantes que implican una mayor gravedad de lo injusto del delito.

Las genéricas, reguladas en los art. 22 y 23 CP, que suponen una mayor gravedad de lo injusto son: la alevosía, el disfraz, el abuso de superioridad, el aprovechamiento de circunstancias que debiliten la defensa del ofendido o facilitan la impunidad del delincuente, el abuso de confianza, el aprovechamiento del carácter público y la agravante de parentesco o análoga relación de afectividad.

4.1. La alevosía

Art. 22.1 CP: "Hay alevosía cuando el culpable comete cualquiera de los delitos contra las personas empleando en la ejecución medios, modos o formas que tiendan directa o especialmente a asegurarla, sin el riesgo que para su persona pudiera proceder de la defensa por parte del ofendido".

Se regula también en la parte especial para constituir el tipo del asesinato y de las lesiones agravadas, supuestos en que pasa a ser una agravante específica.

Fundamento: supone un aumento de la probabilidad de producción del resultado, y así un mayor desvalor.

Requisito objetivo: que el sujeto utilice medios o formas que aseguren la ejecución del delito.

Requisito subjetivo: que el sujeto tenga voluntad de asegurar la ejecución del delito.

Límite de aplicación: será aplicable a los delitos que afecten directamente a la vida, a la integridad física personal, y a los que afecten a bienes jurídicos personales. Únicamente será de aplicación a delitos dolosos.

4.2. El disfraz

Fundamento: la conducta resulta más peligrosa desde una perspectiva ex ante, y supone un mayor desvalor.

Requisito objetivo: que utilice un medio que oculte el rostro o la apariencia del sujeto.

Requisito subjetivo: que utilice el disfraz con la voluntad de asegurar la comisión del delito.

No es necesario que el sujeto consiga su objetivo, basta con que en la perspectiva ex ante aparezca como no absolutamente improbable.

Se aplica solo en delitos dolosos.

El disfraz implica siempre alevosía.

4.3. El abuso de superioridad

Fundamento: la conducta resulta más peligrosa desde una perspectiva ex ante, y supone un mayor desvalor.

Requisito objetivo: desproporción de fuerzas entre agresor y víctima.

Requisito subjetivo: voluntad de aprovechar la desproporción de fuerzas para cometer el delito.

Se aplica solo en delitos dolosos.

El abuso de superioridad siempre supone alevosía.

4.4. Aprovechamiento de circunstancias lugar, tiempo o auxilio que debiliten la defensa del ofendido o faciliten la impunidad del delincuente

Fundamento de la agravante de aprovechamiento de la circunstancia de lugar o de la circunstancia de tiempo: La conducta resulta más peligrosa al llevarse a cabo en un lugar o en un momento que facilita la realización del delito, y supone un mayor desvalor.

Requisito objetivo: el "aprovechamiento" ha de suponer un efectivo debilitamiento de la defensa o facilitación de la impunidad.

Requisito subjetivo: voluntad de aprovechar la circunstancia.

Solo se aplica a delitos dolosos.

4.5. El ensañamiento

Art. 22.5 CP: "Aumentar deliberadamente e inhumanamente el sufrimiento de la víctima, causando a ésta padecimientos innecesarios para la ejecución del delito."

Aparece recogida en tres lugares del Código Penal, art. 22.5, art. 139.3, y art. 148.2, como agravante genérica y como específica.

Fundamento: El exceso de dolor de la víctima determina un aumento del desvalor de la conducta. Está basada en una mayor gravedad tanto de lo injusto como de la culpabilidad.

Requisito objetivo: ha de producir un aumento innecesario del sufrimiento de la víctima.

Requisito subjetivo: conciencia y voluntad de aumentar el dolor de la víctima de un modo inhumano.

Solo se aplica a delitos dolosos

4.6. El abuso de confianza

Fundamento: el sujeto aprovecha las relaciones de lealtad existentes entre víctima y sujeto activo para allanar el camino de la ejecución del delito, y supone un mayor desvalor.

Requisito objetivo: que exista la relación de confianza.

Requisito subjetivo: consciencia y voluntad de aprovechar la relación de confianza para cometer el delito.

Solo se aplica en delitos dolosos.

4.7. Aprovechamiento del carácter público del culpable

Fundamento: el aprovechamiento del carácter público del sujeto sirve para facilitar la comisión del delito, y supone un mayor desvalor.

Requisitos objetivos:

  1. el sujeto ha de participar en funciones públicas.
  2. la posición que ostenta ha de suponer una ventaja para cometer el delito.

Requisito subjetivo: consciencia y voluntad de aprovechar las circunstancias para cometer el delito.

No se aplica en los delitos especiales que requieren la cualidad de funcionario público ya que la agravación se encuentra implícita en la valoración de los mismos.

Solo se aplica en delitos dolosos.

4.8. La circunstancia mixta de parentesco o análoga relación de afectividad

Puede actuar tanto de agravante como de atenuante.

Fundamento de la agravante: se basa en un mayor desvalor de la conducta derivada de la infracción de los deberes que surgen en el ámbito de este tipo de relaciones.

Fundamento de la atenuante: se basa en una menor culpabilidad del autor.

Requisitos objetivos: ha de existir o haber existido una relación de matrimonio o análoga o ser ascendiente, descendiente o hermano por naturaleza o adopción del defensor o del cónyuge o conviviente.

Requisito subjetivo: consciencia de la existencia de la relación de parentesco o análoga.

Se aplica como agravante en delitos contra la vida, la integridad física o la libertad sexual.

Se aplica como atenuante en delitos contra la propiedad.

El requisito subjetivo consiste en que el sujeto al que se aplica ha de tener conocimiento de la existencia de la relación de parentesco o análoga relación.

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