Logo de DerechoUNED

La unión estable del hombre y la mujer sin la recíproca intención de estar unidos en matrimonio, se considera por los juristas como concubinato.

La concubina no participa como la mujer de la dignidad del marido ni entra en su familia (honor matrimoni) y sus hijos no son legítimos.

En el deseo de favorecer a los hijos nacidos de concubinato, la legislación del Bajo Imperio admite tres formas de legitimación de los hijos naturales:

  1. Por subsiguiente matrimonio.
  2. Por ofrecimiento de los hijos a la curia.
  3. Por decisión imperial.

Compartir