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A partir del Principado el fideicommissum hereditatis (o universitatis) sirve para transmitir la herencia en su totalidad o una parte de ella. El heredero fiduciario recibía el encargo del testador de que transmitiese la herencia al fideicomisario. El heredero podía transmitir las cosas hereditarias, pero no ceder su cualidad de heredero, en virtud de la regla: "una vez heredero siempre heredero". Para ello se servía de la venta ficticia de la herencia por una moneda (venditio hereditatis nummo uno: Gayo, 2.252), y realizaría las estipulaciones de la herencia comprada y vendida (stipulationes emptae et venditae hereditatis) para la transferencia de los créditos y deudas al fideicomisario.

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