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Los esponsales se celebran mediante dos estipulaciones convenidas entre el paterfamilias de la desposada y el prometido o su paterfamilias. El primero se obliga a entregar a la mujer, y el segundo a recibirla en matrimonio. En el derecho postclásico, los esponsales asumen un nuevo régimen jurídico, basado en la concepción de que entre los esposados existe un vínculo que se asemeja al matrimonio.

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