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A)Naturaleza y contenido

Se prevé como principal en algunos tipos, en tal caso suele aparecer como acumulativa y también como accesoria.

Afecta a todos los honores -no incluye los títulos académicos-, empleos o cargos públicos del penado, incluidos los electivos, así como a su derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena.

B)Efectos y función

Los honores, empleos y cargos públicos no se recuperan una vez cumplida la condena. La pérdida es definitiva. También produce incapacidad para obtener honores, empleos o cargos públicos mientras dure la condena.

Cuando el empleo o cargo no tiene relación con el delito la legalidad de la pena es cuando menos dudosa:

  • afecta al resto de empleos, cargos u honores públicos que tenga el penado, además de aquél que le permitió la comisión del delito.
  • priva en todo caso del derecho al sufragio pasivo el cual puede no tener ninguna conexión con el delito.
  • la relación pena-delito puede ser del todo inexistente cuando la misma se aplica como accesoria de la de prisión > 10 años.

C)Extensión

De 6 a 20 años. Excepto:

  1. algunos tipos delictivos la prevén como principal con extensión superior al límite máximo.
  2. las reglas generales de determinación permiten imponer la pena superior en grado cuando concurren dos o más agravantes y ninguna atenuante.
  3. la pena de prisión ≥ 10 años lleva accesoria la inhabilitación absoluta con misma duración. Así, las superiores a 20 años llevan accesoria la inhabilitación absoluta con misma duración.

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