Alternativas que permita diferenciar el SP de la economía:
- Desde un planteamiento objetivo, consideraríamos al SP como todos aquellos agentes económicos que realizan su actividad utilizando el principio de coerción y no el de intercambio voluntario.
- Con un enfoque subjetivo, podemos enumerar al conjunto de entidades que componen el SP con independencia de que en sus acciones utilicen o no el poder de imperio. Parece más aceptable el segundo planteamiento.
El sector público se manifestará unas veces como una dependencia de la Administración, otras como un organismo autónomo y otras como una sociedad anónima.
Una vez aceptado este principio, podemos considerar como integrantes del sector público a los siguientes sujetos:
- Las AAPP que incluyen a la Administración Central del Estado, las Administraciones autonómicas, las Administraciones locales, la SS y los Organismos autónomos.
- Las empresas públicas no financieras. En este caso, podemos incluir a todas aquellas unidades de producción cuya propiedad o control sean públicas y vendan sus productos en el mercado.
- Las entidades financieras públicas plantean problemas similares a los señalados en el apartado anterior. En algunos casos, no hay dificultad alguna (piénsese en el Banco de España), pero en otros puede ser mucho más discutible (así sucedería por ejemplo con Argentaría).
Las dificultades de atribuir una entidad al sector público se complica aún más cuando, en el contexto de un proceso de privatización, el sector público se reserva un poder de decisión extraordinario en el caso de que la empresa privatizada adopte estrategias consideradas de interés general.