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El IAJD se refiere al Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.

Grava la firma de documentos notariales.

En el caso de la vivienda puede suponer un porcentaje de entre el 1% y el 0,1%, -en función de la comunidad autónoma, la edad o situación familiar del comprador-, sobre el valor total garantizado (capital principal, intereses y gastos) del inmueble reflejado en la escritura de la compraventa.

Se aplica en las transacciones, tanto de las viviendas nuevas como de las usadas.

Está exento para las viviendas de protección oficial.

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