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Se conocen como "matrimonios de complacencia" los supuestos en que, de manera fraudulenta, se pretenden celebrar matrimonios de conveniencia entre un nacional y un extranjero o entre dos extranjeros residentes en España que, pese a carecer de un verdadero consentimiento matrimonial, tienen como objetivo la consecución de beneficios legales dimanantes del matrimonio, como por ejemplo la adquisición de la nacionalidad española, la obtención de un permiso de residencia o la reagrupación familiar de nacionales de terceros Estados.

La Instrucción de la DGRN de 31 de enero de 2006, enfrentando el problema, recoge una serie de directrices que deben ser observadas por los encargados de los RC españoles para evitar la generalización de dicha práctica fraudulenta y perturbadora.

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