La Sección 4 del Título III del Libro III regula la eventualidad de que la institución de heredero o el legado se sometan a condición o a término, y el caso de que tales disposiciones testamentarias queden sometidas a gravamen o carga modal.
La Sección 4 del Título III del Libro III regula la eventualidad de que la institución de heredero o el legado se sometan a condición o a término, y el caso de que tales disposiciones testamentarias queden sometidas a gravamen o carga modal.