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En nuestra condición de miembros de la UE nos interesa muy especialmente la defensa de los derechos fundamentales en el ámbito europeo, dentro del cual es preciso distinguir dos órbitas diferentes.

A)La protección de los derechos fundamentales en la órbita del Consejo de Europa

El CEDH fue una afortunada iniciativa del Consejo de Europa.

La importancia del CEDH radica en que estableció un sistema de garantías muy superior al de otros tratados internacionales en la materia creando un órgano jurisdiccional, el TEDH.

El TEDH es competente para resolver demandas contra actos de los Estados que hayan lesionado alguno de los derechos reconocidos en el Convenio, aunque también tiene competencias consultivas relacionadas con la interpretación del mismo.

Es requisito sine qua non, para poder instar la protección de este Tribunal el que previamente se hayan agotado todos los procedimientos jurisdiccionales que establezca, para el caso, el Derecho interno.

B)La protección de los derechos fundamentales en la órbita de la UE

En el terreno jurisdiccional, la Comunidad cuenta con su Tribunal de Justicia, auténtico Poder Judicial de las Comunidades Europeas, que vela por el cumplimiento del Derecho comunitario.

Los derechos fundamentales reconocidos en la Carta vinculan a las instituciones, órganos y organismos de la UE, y a los Estados miembros sólo cuando apliquen el derecho comunitario. Contra una vulneración de estos derechos se puede acudir ante el TJCE, que es competente para pronunciarse sobre los actos legislativos y ejecutivos de los órganos de la UE, y en su caso, de los Estados cuando apliquen derecho comunitario, que hayan podido conculcar esos derechos.

Del TJCE nos interesa resaltar que tiene una organización y sigue unos procedimientos ajenos a los de los arquetipos de los tribunales internacionales y,por el contrario, claramente inspirados en las instituciones jurisdiccionales de los Estados miembros.

La importancia del TJCE en materia de derechos fundamentales ha sobrepasado ampliamente el alcance que se le quiso dar en el Tratado Constitutivo, de forma que este Tribunal está progresivamente convirtiéndose en una instancia última en materia de Derechos humanos en la UE.

De aquí que los Tribunales Constitucionales de los EUE, conscientes de que el TEDH puede, en ciertos contados casos, revocar sus sentencias, están cada vez más atentos a ajustar su doctrina a la del TEDH.

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