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El Derecho Originario está integrado por un conjunto de Tratados que constituyen los cimientos del Ordenamiento comunitario. Dichos Tratados tienen un ámbito de aplicación material y territorial concreto, al tiempo que se prevén mecanismos de revisión de los Tratados.

El Derecho Comunitario Originario está integrado por un conjunto de Tratados que ocupan el vértice de la pirámide normativa comunitaria, teniendo eficacia directa para todos los Estados miembros, las instituciones comunitarias y las personas físicas y jurídicas públicas o privadas.

Cronología de los Tratados que conforman el Derecho Originario:

  • Tratado de París, de 18 de abril de 1951, constitutivo de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, que entró en vigor el 23 de julio de 1952.
  • Tratado de Roma, de 25 de marzo de 1957, constitutivo de la Comunidad Económica Europea, que entró en vigor el 1 de enero de 1958.
  • Tratado de Roma, de 25 de marzo de 1957, constitutivo por la CEEA o EURATOM, que entró en vigor el 1 de enero de 1958.
  • Tratado de Bruselas, de 8 de abril de 1965, conocido como tratado de fusión de los Ejecutivos. Entró en vigor el 1 de julio de 1997.
  • Tratado de Luxemburgo, de 22 de abril de 1970, entró en vigor el 1 de enero de 1971.
  • Acta única europea, firmado en Maastricht el 7 de febrero y en la Haya el 28 de febrero de 1986, Entra en vigor el 1 de julio de 1987.
  • Tratado de la UE, firmado en Maastricht el 7 de febrero de 1992, entró en vigor el 1 de noviembre de 1993.
  • Tratado de Ámterdam, firmado el 2 de octubre de 1997, entró en vigor el 1 de mayo de 1999.
  • Tratado de Niza, firmado el 26 de febrero de 2001, entró en vigor el 1 de febrero del 2003.
  • Tratado de Lisboa, firmado el 13 de diciembre de 2007, entró en vigor el 1 de diciembre del 2009.
  • Tratados de adhesión de todos los Estados miembros.

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