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Acción derivada del contrato de arrendamiento.

Hay que distinguir entre tres tipos de contrato de arrendamiento:

  1. Arrendamiento de cosas (locatio/conductio rei): con esta acción el arrendatario (conductor) obtiene la entrega de la cosa. y su uso.
  2. Arrendamiento de servicios (locatio/conductio operarum). En este supuesto, se concede la actio conducti al patrono o arrendador para exigir la prestación del trabajo o servicio contratado.
  3. Arrendamiento de obra (locatio/conductio operis). En este tipo de arrendamiento, el ejecutor de la obra queda protegido por esta acción para reclamar el precio convenido.

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