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Acción derivada del contrato de depósito para exigir las obligaciones de los contratantes.

Se descompone en:

  • acción directa concedida al depositante para reclamar del depositario la cosa que retiene dolosamente.
  • acción contraria, que se concede al depositario para exigir del depositante la indemnización por los gastos y perjuicios que le ocasiona el depósito.

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