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El pago por acceso inicial consiste en un canon que los proveedores pagan a los distribuidores por el acceso a la red de distribución y por la prestación de determinados servicios como asignación de espacios en las estanterías de las tiendas, mantenimiento del producto en las referencias del distribuidor y realización de publicidad por el distribuidor.

Estas prácticas, aunque son eficientes porque contribuyen a una asignación más eficaz de los espacios para los nuevos productos y contribuyen a reducir las asimetrías de información entre proveedores y distribuidores, sin embargo, pueden generar efectos anticompetitivos como la exclusión de otros distribuidores, el cierre del mercado a los proveedores o la creación de barreras de entrada para los pequeños proveedores.

Por esta razón las Directrices de la Unión Europea consideran a estas prácticas amparadas por la exención contemplada en el Reglamento UE 2022/720, pero alertan del riesgo de que generen la exclusión de distribuidores o proveedores, en cuyo caso estarán prohibidas.

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