Logo de DerechoUNED

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional conocerá en única instancia de determinados procesos, cuando siendo sus efectos a un ámbito territorial superior al de la Comunidad Autónoma o, tratándose de impugnaciones de laudos, de haber correspondido, en su caso, esta sala el conocimiento del asunto sometido a arbitraje.

Según el art. 8.1 LJS, los procesos competencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional cuando extienden sus efectos a un ámbito superior al de una Comunidad Autónoma son, entre otros: tutela de los derechos de libertad sindical, huelga y demás derechos fundamentales y libertades públicas; reclamaciones en materia de libertad sindical y derecho de huelga frente actuaciones de las Administraciones Públicas referidas a personal laboral; constitución y reconocimiento de personalidad jurídica de sindicatos asociaciones empresariales; impugnación y modificación de los estatutos, etc.

Conocerá en Munich a instancia de los procedimientos de despido colectivo impugnados por los representantes legales de los trabajadores, cuando extiendan sus efectos a un ámbito territorial superior al de una Comunidad Autónoma.

También conocerá en única instancia de los procesos de oficio previstos en el art. 148.b LJS y art. 51.7 LET cuando el acuerdo o acto administrativo impugnado extienda sus efectos a un ámbito territorial superior al de una Comunidad Autónoma.

Compartir