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El Derecho administrativo "Es la parte del Derecho Público que tiene por objeto la organización, los medios y las formas de la actividad de las Administraciones Públicas y las consiguientes relaciones jurídicas entre éstas y otros sujetos" (Zanobini).

Las normas administrativas tienen como destinatario a una Administración Pública de forma tal que no se entienden o no son tales sin esa presencia. Pero puede utilizar o formar parte de relaciones jurídicas reguladas por normas no administrativas.

Las normas de Derecho privado que regulan la propiedad o las obligaciones y contratos afectan a todos los sujetos jurídicos en general, sean personas físicas, jurídicas o Administraciones Públicas.

Ahora bien, la forma en que una norma administrativa tiene como sujeto destinatario una Administración admite diversas variedades:

  1. En unos casos, la norma tiene como destinatario único y preferente a la Administración, así ocurre con las que regulan la organización administrativa, que no necesitan otros sujetos para aplicarla.
  2. Otro tipo de normas están destinadas a ser cumplidas por la Administración pero su efectividad y aplicación necesita de los ciudadanos o administrados: contribuyente, expropiado, universidades, etc.
  3. Por último, en un tercer tipo de normas administrativas los destinatarios más directos son los particulares o administrados pero necesitan la presencia vigilante de la Administración para garantizar su efectividad; con poder sancionador en caso de incumplimiento (sanciones de tráfico).

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