2.1. Estructura y definiciones
A) Estructura
Su estructura es 19 considerandos y 22 arts.
B) Definiciones
Producto
Cualquier bien mueble aun cuando esté incorporado a otro bien mueble o a un bien mueble. También se entenderá como producto la electricidad.
Materias primas agrícolas
Son los productos de la tierra, la ganadería y la pesca.
Productor
ES la persona que fabrica un producto acabado, que produce una materia prima o que fabrica una parte integrante y toda aquella persona que se presente como productor poniendo su nombre, marca o cualquier otro símbolo distintivo del producto.
2.2. Requisitos para que surja la responsabilidad
- La existencia del daño (causa por muerte o daños corporales); daños causados a una cosa o la destrucción de una cosa que no sea el propio producto defectuoso.
- El defecto en el producto.
No se considera que un producto es defectuoso por la única razón, se haya puesto en circulación un producto más perfeccionado (art. 6.2)
2.3. Exención, disminución y límites de la responsabilidad
No existen responsabilidades del producto si prueba (art. 7):
- Que no puso en circulación el producto.
- Que sea probable que el defecto que causó el daño no existiera en el momento en que él puso el producto en circulación.
- O que él no fabricó el producto para venderlo o distribuirlo para fines económicos.
- O que el defecto se deba a que el producto se ajusta a normas imperativas dictadas por los poderes públicos.
- O que en el momento en que el producto fuera puesto en circulación, el estado de los conocimientos técnicos y científicos no permitía descubrir la existencia del defecto.
- O que en el caso de fabricación de una parte integrante, el defecto sea invisible al diseño del producto a que se ha incorporado.
2.4. Prescripción de la acción y extinción de los derechos
La Directiva establece dos plazos, uno para la prescripción de la acción y otro para la extinción de los derechos conferidos al perjudicado.
Prescribe en el plazo de dos años a partir de la fecha en que el demandante tuvo el daño, del defecto y de la identidad del producto.
El plazo de tres años es de prescripción, y por tanto, está puede ser suspendida o interrumpida según la legislación de los Estados miembros.
2.5. Regulación potestativa
La Directiva deja en libertad a los Estados miembros, para que puedan establecer un nivel más alto de protección. Su finalidad es la armonización de las legislaciones de los países miembros con relación a las materias tratadas.
2.6. Entrada en vigor y plazo de transposición
Entró a los 20 días de su publicación en el DOCE. El plazo para la transposición fue de tres años. Por lo que finalizó el 30 de julio de 1988.