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El diccionario de la Real Academia Española, entre otras acepciones, define la firma como "nombre y apellido, o título, de una persona, que ésta pone como rúbrica al pie de un documento escrito de mano propia o ajena, para darle autenticidad, para expresar que se aprueba su contenido, o para obligarse a lo que en él se dice".

Tiene un doble efecto:

  • Es el instrumento por el cual se identifica a la persona que pertenece el documento, dándole autenticidad.

  • Tiene la misión de asumir el contenido del documento que se ha firmado, bien para aprobarlo simplemente o, incluso, para responder de las obligaciones que en él se incluyen.

La firma electrónica tiene como finalidad agilizar la expedición de los documentos o la contratación.

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