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Los objetivos de la política agraria común se regulan de manera expresa en el artículo 39 TFUE, a saber:

Incrementar la productividad agrícola, fomentando el progreso técnico, asegurando el desarrollo racional de la producción agrícola, así como el empleo óptimo de los factores de producción, en particular, de la mano de obra:

  • Garantizar así un nivel de vida equitativo a la población agrícola
  • Estabilizar los mercados
  • Garantizar la seguridad de los abastecimientos
  • Asegurar al consumidor suministros a precios razonables

Los objetivos tiene una doble cara, porque se pretende favorecer a los agricultores y también a los consumidores, que somos todos los ciudadanos de la Unión Europea. Por tanto, el objetivo fundamental es establecer un equilibrio entre los ciudadanos que agricultores y los ciudadanos consumidores, garantizando la seguridad de los productos y consiguiendo precios asequibles.

Para la elaboración de la política agraria común y los métodos que se puedan utilizar en ella deberá tenerse en cuenta:

  • Las características especiales de la actividad agrícola
  • La necesidad de efectuar gradualmente las oportunas adaptaciones
  • El hecho de que, en los Estado miembros, la agricultura constituye un sector estrechamente vinculado al conjunto de la economía (art. 33.2 TCE) .

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